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Juez sentencia a una persona a tres años de cárcel por violación de precinto del SIN


La Paz  
 Martes 16 de Mayo de 2017


Juez sentencia a una persona a tres años de cárcel por violación de precinto del SIN
 

Cochabamba, 16 de mayo de 2017.- El juez Quinto de Instrucción Penal de Cochabamba, Rolando E. Vargas Díez, sentenció a tres años de privación de libertad a Lidia Portillo Toledo, administradora del club nocturno "Albert", por el delito de violación de precinto y otros controles tributarios.

La autoridad judicial dictó la sentencia el sábado 13 de mayo, en una audiencia de aplicación de medidas cautelares dentro del caso penal antes mencionado, seguido por el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).

En el marco de este proceso, la investigación continúa en contra del propietario del establecimiento nocturno Alberto Q. F. y de Olga N. C.

El club nocturno "Albert" está ubicado en la avenida Aroma (ex Siles), ciudad de Cochabamba.

La violación de precinto y otros controles tributarios están contemplados en el artículo 180 del Código Tributario Boliviano (CTB).

Los antecedentes

El SIN clausuró el mencionado club nocturno "por no estar inscrito en el registro de contribuyentes", el 28 de abril de 2017, mediante acta de Verificación y Clausura Nº 39919, hasta que regularice su inscripción. El precinto utilizado y fijado fue el Nº 45596.

El 5 de mayo, la Administración Tributaria verificó que el precinto se encontraba destruido, aunque no había evidencia de actividad económica, puesto que las puertas se encontraban cerradas y no había atención al público.

El 10 de mayo, el SIN repuso el precinto de clausura, habiendo utilizado para ello los precintos con los siguientes números: 45579-45577-45571-45572. Con dichos precintos cerró el acceso de entrada al club nocturno, fijando los cuatro precintos en la puerta principal, evidenciándose que no había desarrollo de actividad económica.

A las 21:30 de ese mismo día, el SIN verificó que nuevamente los cuatro precintos de clausura habían sido destruidos y que la ventana de la puerta estaba abierta al público, evidenciándose lo siguiente: había desarrollo de actividad económica, porque adentro se encontraban personas consumiendo bebidas alcohólicas, además de otros servicios.

El 12 de mayo de 2017, el SIN evidenció la continuidad de la actividad económica en el local comercial clausurado, por lo que se procedió, en flagrancia, a la aprehensión de la administradora y de otra persona.

La Administración Tributaria recuerda a todas las personas que realizan actividad económica que deben regularizar su situación tributaria, porque el SIN efectúa con regularidad operativos de control para que todos paguen impuestos de acuerdo con la normativa vigente.

En el Servicio de Impuestos Nacionales se aplica la política gubernamental de cero tolerancia a la corrupción.


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